Software
El software es un conjunto de programas, instrucciones y reglas informáticas que permiten ejecutar distintas tareas en una computadora.
Protección de Software:
El software se protege como obra literaria. Dicha protección se otorga independientemente de que hayan sido incorporados en un ordenador y cualquiera sea la forma en que estén expresados, ya sea como código fuente; es decir, en forma legible por el ser humano; o como código objeto; es decir, en forma legible por máquina, ya sea sistemas operativos o sistemas aplicativos, incluyendo diagramas de flujo, planos, manuales de uso, y en general, aquellos elementos que conformen la estructura, secuencia y organización del programa.
Requisitos:
Requisitos obligatorios:
- Solicitud de Registro de Programas de Ordenador (Software).
- Comprobante de pago de tasa.
- CD Programas de Ordenador (Software).
Requisitos especiales:
- Certificado Financiero para descuento.
- Cesión de derechos patrimoniales de ser el caso.
- Registro Único de Contribuyentes (RUC).
- Nombramientos o contratos bajo relación de dependencia.
La documentación (formulario, comprobante de pago, tasa y obra) se presenta en las oficinas del SENADI.
Tiempos:
Este procedimiento puede variar conforme a características específicas a cada trámite a ser atendido por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales - SENADI.
Para más información: https://www.derechosintelectuales.gob.ec/