CAMBIO DE DENOMINACIÓN DEL "MINISTERIO DEL AMBIENTE Y AGUA" A "MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA"
Mediante decreto ejecutivo Nro. 59, emitido por el Presidente Constitucional de la República y publicado en el Registro Oficial Cuarto Suplemento 478 del 22 de junio de 2021, se decreta lo siguiente:
- Cambia la denominación del Ministerio de Ambiente y Agua, por “Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica”.
- Decreta promover la aplicación del Acuerdo de Escazú, con especial énfasis en el respeto y aplicación de los principios contenidos en su artículo 3 que garantizan el acceso a la información y participación pública en los asuntos ambientales.
- Declara como prioridad nacional el desarrollo sostenible en el Ecuador, entendido como la mejora de la calidad de vida humana sin rebasar la capacidad de carga de los ecosistemas que la sustentan. con solidaridad y equidad hacia las actuales y futuras generaciones, garantizando el equilibrio entre el crecimiento económico, el cuidado del medio ambiente y el bienestar social.
- Ordena el desarrollo de incentivos que tengan como objetivo la protección de la naturaleza y ecosistemas, reducción de impactos ambientales tales como gases de efecto invernadero, utilización de la mejor tecnología disponible. generación de energía limpia, y desarrollo de productos sostenibles.
- Declara como prioridad garantizar el derecho al acceso al agua a las presentes y futuras generaciones, así como la gestión para la conservación y restauración de los recursos hídricos.
- Ordena el desarrollo y cumplimiento de las políticas públicas e iniciativas públicas, privadas, en alianzas público-privadas y comunitarias que promuevan la transición hacia sistemas de producción y consumo sostenible, que conduzcan a Ecuador hacia emisiones netas cero para el año 2050.
9/10/2021